Es aplicable a:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
  • Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica
  • Impuesto sobre Actividades Economicas

Se puede elegir entre:

  • Pago mensual de febrero a octubre
  • Pago trimestral en abril, julio y octubre
  • En dos plazos, mayo y octubre

La cantidad anual minima es 180 €

Debe domiciliarse el pago

No genera intereses

Las solicitudes han de presentarse hasta el 15 de diciembre del año anterior

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