Es aplicable a:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica
- Impuesto sobre Actividades Economicas
Se puede elegir entre:
- Pago mensual de febrero a octubre
- Pago trimestral en abril, julio y octubre
- En dos plazos, mayo y octubre
La cantidad anual minima es 180 €
Debe domiciliarse el pago
No genera intereses
Las solicitudes han de presentarse hasta el 15 de diciembre del año anterior